Este 19 de diciembre es el Día Nacional contra el Femicidio, iniciativa que fue aprobada por el Congreso este año y que tiene el objetivo de visibilizar este delito y a las víctimas de violencia de género.

El día fue escogido en honor a Javiera Neira Oportus, una niña de seis años, que en 2005 fue víctima de femicidio por parte de su padre, quien ejercía violencia contra ella y su madre. Su progenitor la lanzó de un séptimo piso, consigna diarioconstitucional.cl.

«Comete femicidio el hombre que mata a una mujer quien es o ha tenido la calidad de cónyuge, conviviente civil o bien son padres de un hijo en común, o que mate a una mujer en razón de haber tenido con ella una relación de pareja de carácter sentimental o sexual sin convivencia (pololeo), y el que mata en razón del género de la mujer», explica la abogada de grupodefensa.cl Begoña Farías.

En marzo de este año fue promulgada la denominada «Ley Gabriela» que amplió la tipificación del femicidio considerando todos los crímenes por motivos de género.

Bajo esta nueva definición, se considerará que existe muerte a una mujer en razón de su género en las siguientes situaciones que detalla el Ministerio de la Mujer y Equidad de género:

  1. Ser consecuencia de la negativa a establecer con el autor una relación de carácter sentimental o sexual.
  2. Ser consecuencia de que la víctima ejerza o haya ejercido la prostitución, u otra ocupación u oficio de carácter sexual.
  3. Haberse cometido el delito tras haber ejercido contra la víctima cualquier forma de violencia sexual, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 372bis del Código Penal.
  4. Haberse realizado con motivo de la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de la víctima.
  5. Haberse cometido en cualquier tipo de situación en la que se den circunstancias de manifiesta subordinación por las relaciones desiguales de poder entre el agresor y la víctima, o motivada por una evidente intención de discriminación.

Las penas

«Las penas para quien es condenado por el delito de femicidio consumado van desde 15 años y un día de privación de libertad, pudiendo incluso llegar a la pena de presidio perpetuo calificado, lo que significa que el sentenciado no podrá optar a una libertad condicional hasta cuando haya permanecido a lo menos de 40 años en un recinto carcelario», explica Farías.

La abogada agrega que «esta misma pena se le impondrá a aquel hombre que mata a una mujer quien tiene o ha tenido la calidad de pareja, ya sea en una relación de carácter sentimental o sexual, aunque no haya mantenido convivencia».

«A pesar de las mejoras legislativas y al endurecimiento de las penas asociadas a este delito, lamentablemente en lo que va de este año (al 16 de diciembre) se registran 39 femicidios consumados y 147 femicidios frustrados de acuerdo a cifras del Ministerio de la mujer y equidad de género», indica Farías.