Cuando fallece un familiar directo, surgen dudas sobre sus bienes. ¿Quién hereda? ¿Cómo se hace el trámite? La posesión efectiva de herencia ordena ese proceso y te permite actuar con respaldo legal.
La posesión efectiva es la resolución que declara oficialmente quiénes son los herederos de una persona fallecida. Reconoce la calidad de heredero de cada solicitante. Y permite a los herederos disponer legalmente de los bienes del causante.
Sin este trámite, los herederos no pueden vender, transferir ni inscribir las propiedades heredadas. El bien sigue figurando a nombre de quien falleció.
El lugar depende de si existe o no testamento. Antes de iniciar, conviene verificar el Registro Nacional de Testamentos.
Es la más común en Chile. Ocurre cuando la persona fallece sin dejar testamento. Se tramita ante el Servicio de Registro Civil e Identificación, de forma presencial u online.
Aplica cuando sí existe testamento. En estos casos, la posesión efectiva se resuelve ante los tribunales civiles. Este proceso judicial requiere la asistencia de un abogado.
Asimismo, en el caso de que la persona que falleció tuviera su último domicilio en el extranjero, el trámite debe realizarse también en tribunales y no en el registro civil, aun cuando no haya dejado testamento. Por eso, también requiere la asistencia de un abogado.
La ley llama a heredar por grupos sucesivos y excluyentes. Mientras exista un heredero en un orden, los siguientes no reciben nada. Estos son los órdenes de sucesión:
Un dato clave: el conviviente de hecho, que no firmó un Acuerdo de Unión Civil (AUC), no es heredero, aunque la pareja haya vivido junta muchos años.
El trámite de posesión efectiva sigue una secuencia clara:
Sí. En Chile, las deudas del causante también forman parte de la herencia. Frente a esto, los herederos tienen dos caminos:
No existe un plazo máximo para tramitar la posesión. Pero postergarla tiene consecuencias:
Por eso conviene iniciar el trámite pronto tras el fallecimiento de una persona.
Una posesión efectiva ya concedida sí puede dejarse sin efecto. Procede cuando aparece un testamento válido, se omitió a un heredero o se incluyó a alguien sin derecho.
Para errores de hecho existe la rectificación:
Quien fue excluido puede ejercer la acción de petición de herencia ante tribunales civiles. El plazo general es de 10 años desde el fallecimiento del causante.
La posesión efectiva intestada no exige abogado por ley. Sin embargo, un error en el inventario o en los herederos puede atrasar meses la resolución. Y la vía testada o judicial sí requiere representación legal.
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